Determina los requerimientos para la constitución, integración organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Objetivo: Establecer los requerimientos para la constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
¿Dónde aplica? La presente Norma Oficial Mexicana se rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
Beneficios:
Identifica los agentes, condiciones peligrosas o
inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo.Disminuye la probabilidad de trabajadores enfermos y
mejor su calidad y productividad laboral.Asegura medidas para prevenirlos accidentes y
enfermedades de trabajo, basadas en la normatividad en
la materia.Disminuye la probabilidad de accidentabilidad en las
áreas de trabajo.
Su incumplimiento: La Ley Federal del Trabajo establece sanciones pecuniarias a las compañías que incumplan las normas de seguridad e higiene, que van de 250 a 5,000 UMA, cuyo valor es de 21,122.50 a 422,450 pesos y esta es jerárquicamente superior al RFSST, sus correctivos deben ser los que prevalezcan.